Periodista Cristal Acevedo solicita modificación del párrafo 1 del artículo 11 del proyecto de Ley de Uso de Medios Digitales en el Poder Judicial

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Santo Domingo, RD. – La mañana de este lunes fue celebrada la “Vista pública De la Ley de Virtualidad” donde se dieron citas importantes figuras de la vida pública de la República Dominicana y del sector jurídico.

En la actividad cada sector hizo su exposición en relación a su posición sobre esta nueva ley.

En ese orden, la presidenta del Observatorio de Medios Digitales Dominicanos de la Comunicación; Cristal Acevedo, hizo un recorrido desde los inicios de la comercialización del internet en el país; el primer medio digital y hasta el día de hoy.

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Acevedo, justificó su pedimento, en base a las limitaciones que aún se vive en la República Dominicana.

“De acuerdo con el informe de Indotel de ese mismo año; menos del 70% de la población tiene acceso a Internet y en provincias como Independencia; por ejemplo, el porcentaje solo llega a 3%. O lo que es lo mismo, solo 3 de cada 100 personas tiene Internet, en esa provincia”, expulso.

Agregó además que a estás limitaciones se suman la deficiencia en el servicio eléctrico y lo que es peor; miles de dominicanos no tienen dispositivos electrónicos que le permitan conectarse a Internet.

Concluyó expresando que el párrafo 1 del artículo 11 del proyecto de Ley de Uso de Medios Digitales en el Poder Judicial; el cual expresa lo siguiente.

«En caso de controversia el juez apoderado del caso podrá decidir la modalidad más conveniente para que la misma se realice de manera satisfactoria».

Claramente no va en consonancia con la Constitución dominicana que establece la igualdad y sobre todo el acceso a la justicia y además el legítimo derecho de defensa de todos nuestros ciudadanos y ciudadanas.

Ninguna audiencia puede celebrarse si una de las partes está en desacuerdo.

Un juez no puede imponer su voluntad, pues estaría violentando el derecho de los involucrados en el proceso; aún sin querer, pues podría ocurrir que el implicado que está en desacuerdo tenga una razón de causa mayor que no quiera manifestar; hasta por vergüenza.

Esa decisión unilateral, sin que esté vinculada a los atenuantes del proceso judicial mismo, afecte los resultados finales.

«Imaginemos un ciudadano acusado de cualquier delito que viva en una comunidad donde hay una averia eléctrica; o peor una avería de Internet, o simplemente no tenga los 200 pesos de un «paquetico», explicó.

¿Ese ciudadano se quedará sin recibir justicia? Quiero que nos pongamos en su lugar y respondamos esa pregunta, no a los demás, sino a la memoria de nuestros padres fundadores, quienes lucharon hasta su último aliento por una República Dominicana más justa, pero para todos y todas.

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